¿Por qué a veces los jueces eligen la forma más compleja cuando es mejor la opción más sencilla? Ah sí, encima, tiene fundamentos normativos y garantiza el derecho a acceder a la justicia. Lo ignoro, pero acá cuento dos casos en los que pude hacer que ganase la sencillez.

Como escribí en su momento, la defensa pública no solo se encarga de los pobres. El gran ejemplo que siempre doy son los casos de violencia en contra de las mujeres. Si una mujer busca asistencia jurídica, no importa sus ingresos, la defensa pública puede atenderla en el proceso de protección de persona. Para eso, no tendrá que hacer el trámite del beneficio de litigar sin gastos, que, todavía hoy se encuentra sin reglamentación cortesana luego del Nuevo Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán.
Durante mucho tiempo en esos casos se tramitaba el beneficio de litigar sin gastos. Sin embargo, en algún momento se me prendió la lamparita y luego de ver una jurisprudencia que interpretaba el Código Civil y Comercial, implementé que las clientas me otorgasen poder especial en un simple escrito.
La mayoría de los jueces del fuero estuvieron de acuerdo y entendieron que el poder, de acuerdo a los artículos 1015, 1017 y 363 del CCyC, era válido, merced a la “libertad de formas”. Pero por supuesto, siempre hay excepciones: uno de los jueces quiso hacer prevalecer el Código Procesal Civil y Comercial. Así, exigió que el poder estuviese realizado por escritura pública. Obviamente apelé por considerar que era una locura y un absurdo totales. ¿Cómo se le va a exigir a la parte, víctima de violencia, de escasos recursos en su gran mayoría, que pague a un escribano para acreditar un poder?
La cámara entendió que tenía razón en mi planteo: no correspondía exigir una escritura pública para la presentación del poder, aunque contribuyó con el razonamiento con la cita de la perspectiva de género y las leyes 26.485 y 7264, además del artículo 2 del CCyC.
¿No era más fácil para el juez no exigir algo absurdo? Entiendo que sí, pero bueno, luego de este y otro caso más, el juez cumplió la postura de la cámara. Nunca más mis clientas volvieron a tener una exigencia como esta.