Tres ideas al paso para una docencia seria en derecho

Me crucé con un académico y, al pasar, le tiré estas tres ideas para que, en algún momento, tengamos una docencia seria en derecho. ¿Lo vemos?

Primero lo primero: no enseño derecho ni quiero hacerlo. En algún momento de la vida, aspiré a enseñar, pero lo dejé atrás. Opté por seguir otro camino: mi vocación por la práctica a través de mi trabajo como defensor. Hago la aclaración porque siempre me gusta saber desde dónde uno escribe, opina, critica, etc. Y si eso exijo a los otros, lo menos que puedo hacer es exigírmelo a mí mismo.

Ahora la situación: hace poco charlé con un colega, que enseña en la Facultad de Derecho. Por supuesto, salió el tema de la enseñanza del derecho, los sueldos y demás. No hace falta decir que el nivel salarial en toda Argentina es bajo. No hace falta señalar lo obvio: los docentes universitarios también cobran poco. Y lógicamente, los profesores de Derecho no son la excepción.

Sin embargo, mi colega y yo estábamos seguros (quizás intuitivamente), en que hay gran cantidad de gente a la que le gustaría enseñar e investigar si la retribución fuese un poco mejor. Por supuesto, también coincidíamos en la falta de profesores de derecho full time.

Sí, este tema no es nuevo. Es más, bastante viejo es. Martín Böhmer ha dedicado mucho de su tiempo a los “jueces que dan clase” por ejemplo. Santiago Legarre, por su parte, ha defendido la alternativa posible y real de la profesión de “profesor profesional de derecho”. Alberto Bovino se definió en su momento como “un abogado que da clase”. Tomás Marino fue el creador del concepto, pero de manera crítica en su blog.

Con mi colega no pretendíamos tener razón en la discusión sobre si corresponde que tengamos profesores de derecho que no hagan otra cosa más que enseñar derecho. No. Esa es una discusión que, por supuesto, nos excede. Sin embargo, fuimos más allá. Supongamos que realmente queremos que nuestra la facultad solo tenga gente que se dedique a enseñar e investigar. ¿Cómo hacerlo? Bueno, acá, tres ideas al pasar sobre incentivos y demás para hacer de esa idea una realidad.

1. Eliminar la posibilidad de ejercer la docencia

La Constitución de Tucumán en su artículo 9 impide la acumulación de “dos o más empleos a sueldo en una misma persona aun cuando uno sea provincial o municipal y el otro nacional”. Sin embargo, una excepción es la docencia e investigación. Así, esto permite que empleados públicos en un sentido amplio como jueces, fiscales, defensores, funcionarios y empleados judiciales cumplan su trabajo en tribunales y, además, enseñen.

¿Es difícil una reforma en ese sentido? Sí. ¿Tiene efectos para el resto de empleados públicos que además enseñan en otros lados? Sí. ¿Alternativas? Pues incorporar la limitación en otros artículos de la Constitución, específicamente para el sector. ¿Por ejemplo? En el artículo 118, diciendo que no podrán ejercer la docencia los jueces, fiscales y defensores. O en el artículo 123, para funcionarios y empleados judiciales. ¿El fundamento? Básicamente sería: “muchachos, quiero que se dediquen a su trabajo: acusar, defender, juzgar, cumplir sus funciones como empleados y funcionarios con dedicación y profesionalismo”.

Estimo que con cualquiera de estas modificaciones, los docentes que además son jueces, fiscales, defensores, funcionarios o empleados judiciales dejarían sus puestos a aquellos que quieren hacer de enseñar e investigar, su profesión.

2. Eliminar la asignación de puntaje por ejercer la docencia

Hacer una reforma constitucional es difícil, sin duda. Y obviamente, si se hiciese, solo tendría éxito parcial, pues no impediría que las aulas terminasen a cargo de abogados que ejercen la profesión. ¿Entonces? Una alternativa sería desincentivar que estos se dedicasen a ocupar esos puestos. ¿Cómo? Pues con dos posibilidades. La primera sería reformar la Ley 8197 del Consejo Asesor de la Magistratura. ¿Cómo? Pues en el sentido de indicar: “no se valorarán antecedentes docentes de los postulantes”. La segunda sería reformar su Reglamento Interno y borrar específicamente todo lo que hace a la valoración de los antecedentes de la docencia e investigación. ¿El fundamento? Y algo así como: “gente, no queremos que ocupar puestos en la academia sea bueno para saltar al Poder Judicial, dedíquense a otra cosa”.

Con alguna de estas reformas, aquellos abogados que aspiran a entrar en el Poder Judicial, perderán un incentivo para seguir a cargo de la enseñanza universitaria.

3. Eliminar la dedicación simple y la semi dedicación

A pesar de las reformas, todavía podemos tener una docencia no profesional y mal paga. En efecto, las dedicaciones simples o semis son de aquellas que retribuyen económicamente peor. Y si uno se pone a pensar, si se aspira a que los profesores sean profesionales, a que enseñen e investiguen, deberían dedicarse full time a eso. Es más, estimo que los candidatos a eso, justamente aspiran a enseñar e investigar todo su tiempo.

Si se llevan a cabo las reformas de los puntos 1 y 2, muchos cargos que ocupan tanto “jueces que dan clase” como “abogados que dan clase” van a quedar libres. Tal vez eso permita eliminar cargos de dedicación simple y semi para transformarlos en cargos de dedicación full time. Así, esa gente a la que le interesaría tener una carrera más o menos bien retribuida enseñando e investigando derecho, formando a los futuros abogados, jueces, fiscales, defensores, funcionarios y empleados, tal vez encuentre su lugar.

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En definitiva, tres ideas al paso sobre cómo hacer para que tengamos una academia llena de académicos y no de abogados, jueces, fiscales, defensores, funcionarios judiciales y empleados judiciales que dan clase. ¿Son buenas? ¿Son malas? ¿Es una locura dejar la enseñanza del derecho en manos de quienes solo lo enseñan? Las respuestas las dejo en sus manos.

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