¿No es maravilloso el sabio artículo 28 de la Constitución Nacional? Es la gran advertencia al poder de policía: podés reglamentar, pero que no se te vaya la mano. Algo de eso recuerda la CSJN en un caso previsional de hace unos días…
¿No es maravilloso el sabio artículo 28 de la Constitución Nacional? Es la gran advertencia al poder de policía: podés reglamentar, pero que no se te vaya la mano. Algo de eso recuerda la CSJN en un caso previsional de hace unos días…