Me pasé un poquito, pero soy pobre igual

La cantidad de casos en los que apelé el rechazo del beneficio de litigar sin gastos es realmente asombrosa. Y los motivos de rechazo también, pero en general son por mera aplicación rutinaria de las normas.

Cortesía de Gemini

El Sr. J. pidió el beneficio de litigar sin gastos. ¿Sus ingresos en el lejano 2021? Apenas $ 34.969. La jueza de primera instancia rechazó su pedido. ¿Fundamentos? Pues que sus ingresos superaban el límite que establecía la Acordada 1236/18 de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.

Ahora bien, el Sr. J. tuvo mucha mala suerte. ¿Por qué? Porque el rechazo fue en febrero de 2021 y la corte tucumana sacó una nueva acordada días después, la 1236/18. Sin embargo, si bien actualizó el monto, también lo superaba, pues era de $ 30.000. Encima, tenía un auto a su nombre. Todo mal.

Llevé el caso a la cámara, quien con muy buen criterio dijo “che, no seamos tan estrictos”. Por supuesto, lo hizo con elegancia:

“Si bien al momento de la sentencia en crisis, esto era cierto, debemos poner de relieve que tal como sostiene el recurrente, la decisión hizo una estricta y llana aplicación de las normas involucradas sin atender a las peculiares circunstancias de la causa, lo que termina significando una clara violación de los derechos, garantías y principios constitucionales en vigencia, lo que resulta inadmisible y debe ser corregido”.

Con ese poco de buen criterio, además de tener en cuenta la inflación que siempre acompaña a la realidad argentina, el tribunal afirmó que “la señora juez de grado denegó el beneficio en base a una visión sesgada de la realidad actual y netamente aritmética. Con ello queremos decir que, para conceder el beneficio de litigar sin gastos no significa que la persona debe encontrarse socialmente marginada de la realidad económica del país, sino que, teniendo bienes muebles y jubilación, como lo acontecido en autos, éstos no sean de fortuna”, revocó la sentencia y concedió el beneficio.

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