El tren fantasma de la justicia civil

En alguna clase que tuve con Alberto Binder, nos tiró un concepto que a todos nos hizo estallar en carcajadas, no por lo gracioso, sino porque la alternativa era llorar. “La justicia civil es el tren fantasma”. La entrada trata de un caso que lo ilustra, con plazo razonable incluido.

Viajemos al año 2006. Messi debutaba en un Mundial y se quedaba en el banco con cara de enojado. Riquelme todavía jugaba, no presidía. Al mismo tiempo, en Tucumán, se iniciaba un desalojo en contra de la Sra. López.

Un proverbio afgano dice: «Ustedes tienen los relojes, nosotros tenemos el tiempo». La parte actora evidentemente parecía afgana o amante de la tortuga de la famosa fábula, pues se tomó el proceso con mucha parsimonia. Pasaron los años y recién en los dulces 16, meses antes de la consagración mundialista, obtuvo sentencia.

Lamentablemente, fue adversa puesto que se argumentó que no tenía legitimación activa. En el medio, la Sra. López fue sacada anticipadamente del inmueble, al cual pudo regresar merced a anular el incidente correspondiente.

Por supuesto, la actora hizo lo que cualquier argentino de bien (ya que está de moda la expresión) haría: apeló. A todo esto, la Sra. López ya tenía 86 años y en el medio de que la sacaron y la regresaron, perdió los animales del inmueble.

Así, el caso llegó a la cámara, que, tocada en el corazón por la afligida situación de la Sra. López, dijo “por el amor a Dios, no se notificó bien el traslado de la demanda”, declaró la nulidad de todo y, como en el Juego de la Oca, a volver a empezar a fojas cero (a los abogados nos encanta decir fojas a las hojas).

¿El fundamento para hacer regresar un proceso al principio? Garantizar el derecho de defensa de aquel que terminó ganando el pleito (la Sra. López). Un absurdo total…

¿Qué hizo la Sra. López? Seguro lloró y luego llevó el caso a la Corte Suprema tucumana. ¿El argumento? “Che, antes que la tontera de la notificación, la cámara debería haber resuelto el tema de la legitimación (por el cual gané)”.

La corte tucumana pone las cosas en su lugar, pues le da la derecha a la Sra. López y señala lo obvio: “Che, esta nulidad supuestamente favorece a la demandada pero no es así, es toda para la actora”.

¿Cómo terminó todo? Con la corte ofreciendo esta remera a la cámara que tiene una de las frases más usadas en clases de derecho procesal al mismo tiempo que olvidadas en tribunales…

El detalle: la corte no llega a decir “Bue, sí hay falta de legitimación activa” y confirmar la sentencia de primera instancia. No, clava reenvío. La Sra. López, de 86 años (aunque capaz que ya cumplió los 87), todavía sigue sometida a este proceso de 17 años. ¿No se quedó corto Binder con lo del tren fantasma?

¿La fuente? El caso “Sucesión Chavarría Pablo y otros vs. López, Susana Antonia y otros s/ Desalojo” de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, del 24/11/23. Lo pueden encontrar acá. Y además, forma parte de las «novedades cortesanas» de este año, que resumí aquí.

Sí, esto fue un hilo el 17/12/23.

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