Un consejo sin trabajo

En este enero, me tomo la libertad de volver a escribir sobre el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) y me atrevo a decir que en este período casi que se quedará sin trabajo. ¿Lo vemos?

Le he dedicado al Consejo Asesor de la Magistratura no solo mi tesis de doctorado: he analizado sus números con algún contexto, he pensado su reforma (luego lo concreté con un proyecto específico) e hice un análisis de sus datos cuando cumplió 15 años. Hoy vuelvo a escribir sobre una perspectiva insólita: el organismo que nació al calor de una crisis de vacantes judiciales, corre el serio peligro que espanta a toda burocracia: quedarse sin trabajo.

Cuando el CAM cumplió 15 años, al 08/11/24 solo tramitaba 25 concursos. Al 06/11/25 solo tramita 10: 7 para el Centro Judicial Capital y 3 para los Centros Judiciales Concepción y Monteros.

Por supuesto, es deseable que no existan vacantes judiciales o que, al menos, sean muy pocas. A nivel federal el problema es crónico y el Consejo de la Magistratura tiene un montón de trabajo. No estaría ocurriendo lo mismo en nuestra provincia. Y posiblemente la situación se profundice hacia un consejo sin trabajo. ¿Por qué? Por varias razones.

1. En primer lugar, porque no hay perspectivas de creación de nuevas vacantes. A diferencia de los jueces federales, los fiscales, defensores y jueces tucumanos no tienen una edad para su retiro. La Constitución de Tucumán no prevé algo así, sino todo lo contrario: permanecen en sus cargos mientras dure su buena conducta. Por ende, no habrá vacantes por el hecho de que los funcionarios deban retirarse.

2. En segundo lugar, luego de la reforma jubilatoria a la Ley 24.018, que regula las jubilaciones judiciales, el incentivo a retirarse perdió mucho atractivo. No solo aumentó la edad jubilatoria a 65 años para los jueces, sino que cambió la forma de aplicar el 82% móvil. Y, como frutilla del postre, la ley exige cesar en el cargo antes siquiera que se conceda la jubilación, cuestión que ha sido impugnada judicialmente en varios casos. O sea, tampoco habrá vacantes por el hecho de añorar la jubilación e irse a casa.

3. En tercer lugar, una cuestión obvia: el cambio en la expectativa de vida. No es lo mismo llegar a los 65 años hoy que hace 20 años. Las personas, aunque estén en edad de jubilarse, siguen trabajando, se sienten útiles y no se ven como “pasivos”. El avance en la medicina y la salud, permiten que vivan más años y mejor. O sea que, salvo algunos accidentes o enfermedades incurables, las vacantes por fallecimientos disminuirán su frecuencia.

4. En cuarto lugar, la posibilidad de cesar en el cargo por juicio político está reducida a casos gravísimos y se reduce a pocos supuestos. Sobran los dedos de las manos para contar los jueces destituidos por juicio político desde la vigencia de la Constitución de 2006. Así no puede esperarse que se abran vacantes numerosas por esta vía.

5. En quinto lugar, las grandes renovaciones producto de alguna intervención federal o por la creación de nuevos cargos, como fueron en el pasado claramente no están en la mesa de opciones. La primera, porque es un eco de una época que ya pasó (la última intervención federal fue la de Néstor Kirchner a Santiago del Estero hace más de 20 años). La segunda, porque se ha avanzado últimamente en eliminar puestos creados más que en crear nuevos.

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Si no hay cisnes negros, me animaría a decir que este 2026 el CAM puede llevar su histórico contador de concursos en trámite a 0. ¿Y entonces? ¿Qué hará un organismo cuya primera y principal función está cumplida? Podría encarar la reforma de su reglamento o de su ley. O incluso concentrarse en su segunda función, que es la de formar a los aspirantes a jueces, fiscales y defensores. Vaya uno a saber.

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