Ahora que me acuerdo, este debe haber sido el planteo más extraño que tuve que contestar. Tal vez por eso no lo hice de una manera ortodoxa.

¿Qué puede pasar en un simple caso de alimentos? Pues yo creía que nada. Sin embargo, en un caso así, sencillito nomás, vi, creo hasta ahora, el planteo más extraño que me hicieron en todo mi ejercicio profesional. ¿Qué era? Pues la abogada de la parte actora negó la existencia de mi cargo, planteó la inconstitucionalidad de la ley que reformaba la Ley Orgánica del Poder Judicial para crear el Ministerio Pupilar y de la Defensa y, por ende, consideraba que todo el proceso se basaba en un acto procesal inexistente: la demanda que llevaba mi firma.
En algún otro momento creo que me habría enojado. Tuve la posibilidad, en plena audiencia, de llevarme la copia para traslado y contestarla por escrito. No lo hice. Le dije al audiencista que lo iba a ser oralmente, en el mismo acto de la audiencia, para que no se alargara la cosa. ¿Qué contesté? Pues esto, según el acto: “el planteo de fs. 52 representa una ignorancia tan grave e inexcusable que me ahorra el trabajo de dar fundamento alguno para su rechazo, porque confío plenamente en que el Sr. Juez a cargo de este Juzgado, que sí conoce el derecho, lo rechazará”. Y a otra cosa mariposa.
Obvio, el juez de primera instancia lo rechazó, con costas. Y también lo hizo la cámara (sí, fuimos a la cámara con este absurdo).