La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) tiene varias prácticas (por no decir mañas). Una de las mejores y que muchos jueces envidian, ciertamente, es la de resolver casos con simples remisiones a otros casos. Sí, sí, así como lo leen…

¿Para qué gastar palabras y párrafos en vistos, considerandos y demás si podemos en tres párrafos finiquitar un caso y al demonio? Sí, al estilo de este caso, que simplemente aplica lo que la corte dijo en “Price”, así, de un plumazo:

Lo más gracioso es que siendo cuatro jueces, no se pudieron poner de acuerdo ni en la remisión y Rosatti así hizo un pretencioso voto, también de remisión, obviamente, porque no hay tiempo para ponerse a escribir…

Pausa, xa los q no tienen idea de “Price” acá expliqué, brevemente el caso. Pero más breve, la corte dijo algo así como “provincias, no pueden crear causas de extinción de la acción penal en sus códigos, dejen de joder con eso del plazo razonable”.
Cuando la corte (no) nos cuenta los hechos del caso, quedamos perdidos y llenos de preguntas lógicas. ¿Por qué las cuestiones son análogas? ¿Cuáles fueron esas cuestiones? ¿Cuáles hechos tuvieron relevancia? ¿Por qué?
Por supuesto, siempre están las noticias sobre el fallo que nos completan los hechos. Así vía el Ministerio Público Fiscal de Chubut nos enteramos del terrorífico caso: a) un hombre fue acusado de abusar sexualmente de su hija durante 17 años; b) nació una niña de esos abusos; c) el ADN confirmó que el acusado es el padre biológico; d) los abusos ocurrieron entre 1988 y 2005; e) la causa se elevó a juicio; f) el 26/03/18 el tribunal de juicio declaró extinguida la acción penal; g) el Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó el fallo.
Por supuesto, eso no es suficiente. Quedan miles de preguntas dando vueltas: ¿Cuándo se inició el caso? ¿Cuánto de demora hubo entre el inicio y el juicio? ¿De quién fue la demora? ¿Hubo muchos planteos defensivos? ¿Hubo demoras en integrar el tribunal?
Con remisiones así, se hace (muy) difícil leer los fallos de la CSJN, interpretarlos y aplicarlos. Y menos (intentar) cuestionarlos. Eso sí, el juicio seguro se hará el año que viene, 20 años desde el último abuso. ¡Los tiempos judiciales!
Cómo presentó el fallo el Ministerio Público Fiscal de Chubut, se los dejo acá.
Les dejo el fallo que remite a “Price”, acá (creo que no dictaminó el Procurador General de la Nación).
Sí, esto fue un hilo el 17/11/24.