¿Puede el INSSJP-PAMI exigir la renuncia a una pensión por discapacidad como condición para incorporar como beneficiaria a una persona con discapacidad? Aunque no lo crean, esa fue la cuestión que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hace poco en “BRA c/ INSSJP s/Amparo” del 20/08/24…

¿Los hechos del caso? Acá, sobre esto no hay discusión: a) persona con discapacidad a cargo de sus progenitores; b) progenitor afiliado titular; c) requisitos cumplidos para afiliación; d) persona con discapacidad con pensión; e) afiliación rechazada.

¿El motivo del rechazo de la afiliación? El nefasto artículo 10 de la Resolución 1100/06 que dice “si tenés una pensión, seguí participando, no podés afiliarte”.

O sea, está todo bien con las reglas de incompatibilidades para evitar superposiciones (fin legítimo), pero la resolución te impone que renunciñes a la pensión para que obtengás cobertura de salud. Sí, desproporcionado e irrazonable (absurdo diría yo).

¿Un poco del contexto de RAB para entender a qué le estamos pidiendo que renuncie? El dictamen de la Procuración General de la Nación es elocuente: una absoluta precariedad económica, alta vulnerabilidad social, gran discapacidad, sin ingresos, desamparada, etc. ¿Así querés que renuncie? ¿En serio?

¿Entonces? Pues sí, no hay otra, la norma debe ser declarada inconstitucional. Así lo dictamina la Procuración General y así lo dispone la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su fallo, que remite al dictamen.

Personalmente no tenía idea de esto (como de muchas otras cosas). Aparentemente, la norma del INSSJP-PAMI viene siendo declarada inconstitucional en un montón de casos. Acá lo cuenta esta organización AiepesA.
Recuerden: acumular casos con inconstitucionalidades no necesariamente hace que una norma se cambie. Es frustrante. Ya que están con el tema de eliminar regulaciones absurdas, ¿no podrían revisar esta antes de que cumpla 20 años de vigencia?
Como siempre, dejo la fuente, el caso, acá.
Sí, esto fue un hilo el 29/09/24.