El azar y el derecho

Siempre me llamó la atención el azar y cómo los seres humanos lidiamos con él. El derecho, por supuesto, no puede serle ajeno. Ya lo decía Cicerón: «Es el azar, no la prudencia, quien rige la vida».

No hablo de la reglamentación de los juegos de azar, sino de la suerte pura y dura, que se usa para decidir cuestiones conflictivas, como distribuir bienes, premios o castigos (sí, también castigos).

El pionero (para mí) en esto, fue Jon Elster, quien criticó la teoría de la elección racional («rational choice») e invitó a «domar la suerte» y a realizar «juicios salomónicos». Al que le interese el tema, puede leerlo, pero seguro que hay estudios mejores más recientes.

Solo para que se escandalicen los que hacen derecho de familia, les comento que Elster propuso sortear la custodia de los niños en vez de hacer procesos muchas veces conflictivos, je.

Ahora lo que quiero compartir es más chiquito, así que acá tienen 4 casos reales en los que azar y derecho se cruzan para tomar decisiones.

1. Deuda pública. Hasta 1985, muchas leyes tucumanas usaban el sorteo como mecanismo para decidir rescatar por amortización los títulos emitidos.

2. Escuela Judicial. El último caso es el acceso a la Escuela Judicial del Consejo Asesor de la Magistratura, que forma a futuros aspirantes a jueces, fiscales y defensores. También se accede por sorteo, método previsto por la Ley 8.579, porque (usualmente), siempre hay más postulantes que plazas.

3. Pena de muerte. En 1839 fueron condenados a muerte por el delito de abigeato (sí, no es joda, abigeato) los hermanos José Agustín y Mariano Alzogaray. Integraron el tribunal Marco Avellaneda (el mártir de Metán) y Salustiano Zavalía (futuro convencional constituyente). ¿Qué hizo el gobernador Bernabé Piedrabuena? Dispuso que se realizase un sorteo a los fines de decidir a quién se fusilaba y a quién se salvaba la vida, desterrándolo de la provincia. El decreto, para los curiosos e incrédulos, acá y no, lamentablemente no incluye el resultado del sorteo.

4. Empate electoral. La Constitución de Tucumán versión 2006 prevé el sorteo para definir intendentes en su artículo 133 (luego de que fracase el Concejo Deliberante), legisladores y concejales (inciso 9 del artículo 43). Por supuesto, es medio difícil que se dé el supuesto, pero ahí tienen la elección de la Comuna Rural de Esquina y Mancopa en 2007 (416 a 416 votos). Ante el empate, se iba a hacer un sorteo ante la Junta Electoral. Luego la Justicia lo suspendió y pasó el lío a la Legislatura.

Todo terminó en una nueva elección gracias a la Ley 7953. Como se ve, la solución del azar no es apta para cardíacos. Para los curiosos, ganó el candidato que había denunciado entrega de bolsones, acá en el diario la noticia.

Debo decir que solucionar los hipotéticos empates en las elecciones de Comisionados Comunales vía el azar ya no es más una opción. La Ley 8.068 (2008) prevé una nueva elección para decidir la cuestión.

Ya en el Código Civil y Comercial puedo nombrar dos casos más (que me aportaron oportunamente al hilo): definir el orden de apellidos de los hijos (artículo 64) y zanjar el empate en la asamblea de comuneros (artículo 1994).

Sí, esto fue un hilo el 31/07/22.

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