Algo así podría titularse el caso del cual trata la entrada, pues es la pregunta que se hizo el Sr. C. con la asistencia de la defensa pública…

¿Los hechos? El Sr. C. venía paseando con su camioneta cuando se cruza con las fuerzas del orden que corren presurosas al ver que su patente era ilegible (no, no es joda). En eso, el Sr. C hace “un movimiento extraño con un objeto” (vaya uno a saber lo que es eso).
Obviamente, los sagaces agentes del orden siguieron al Sr. C y le exigieron que se detuviera. ¿Papeles? No los tenía. Fueron a la Comisaría, lo requisaron y registraron (por supuesto, con testigos de actuación que justo no habían podido encontrar en el lugar de la detención).
¡Bingo! Luego de eso encontraron en un bolsillo con cierre de la camioneta del Sr. C. una bolsa con 132 gramos de cocaína. Adentro, detención y audiencia en donde el Ministerio Público Fiscal (MPF) iba a tener que defender todo el accionar policial.
Acá entra en escena la defensa pública, que pide que se declare ilegal la aprensión. ¿Motivos? a) «La patente era legible, como pude constatar en la Comisaría» (sí, el vago se fue hasta la comisaría para ver la dichosa patente, es más la fotografió y la mostró al juez en la audiencia).
b) “Ponéle que C. infringió la Ley de Tránsito, ¿dónde está la famosa orden escrita de autoridad competente para detenerlo che? Ah ¿no la tenés? ¡Pues te comento que todo tiene que caer!”.
c) “Contáme de la urgencia para requisar a mi defendido, a ver… ah, claro no me podés contar porque no había urgencia, podrías haber pedido la autorización judicial”.
La respuesta del MPF fue demoledora: “La cana estaba haciendo un blindaje en marco de la lucha contra el narcomenudeo”.
El Sr. Juez preguntó lo obvio: “Che, la orden de servicio de los muchachos, ¿decía algo sobre control vehicular programado, blindaje y la mar en coche?”.
El MPF, titubeando, solo alcanzó a leer que decía que era para “prevenir la comisión de delitos en cualquiera de sus modalidades” (sí, aunque no lo crea, eso dijo).
El juez aceptó todos los planteos de la defensa pública por varios argumentos:
a) “Todo bien con los blindajes, pero hermano, no se olviden de la razonabilidad y eso que se llaman garantías constitucionales”.
b) “No me jodás con lo de la patente: o te fijabas si tenía un pedido de secuestro o labrabas un acta de infracción con secuestro según la cuestión administrativa, pero no te podías poner a inspeccionar el auto del Sr. C. de onda”.
c) “No me podés valorar como movimiento extraño que el vago guarde algo en la guantera, en serio, dejen de joder”.
d) “Seguíme, a ver si podés: la aprehensión es ilegal, la requisa es ilegal, el secuestro es ilegal, chau cosa secuestrada. Y por favor, andá a leer los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional”.
e) “¿Autorización judicial para la requisa? ¡Pero si no había ni investigación, solo la sospecha infundada de los muchachos garantes del orden” (y sí, cita de “Fiorentino” y “Fernández Prieto y Tumbeiro”).
f) “No te digo que no podés hacer controles vehiculares preordenados en lugares de masiva concurrencia o de ingreso o egreso a la provincia, diagramados e indiscriminados. Lo que no podés hacer es hacerlo al azar, como al Sr. C.”.
¿Che pero era legible o no la patente? El juez también se hace cargo del gran interrogante y dice que “en realidad con un mínimo esfuerzo sí era legible”. Ni una pegaron las fuerzas del orden en este caso.
Obvio la cosa terminó con la declaración de la aprensión del Sr. C. como ilegítima y la exclusión probatoria de la supuesta cocaína (sí, ni siquiera estaba el resultado del análisis) y el sobreseimiento. Así, el Sr. C. zafó.
Casos como estos nos recuerdan lo importante que es estudiar derechos y garantías constitucionales y saberlos aplicar. No es algo que queda ahí arriba en el mundo ideal. Es bien concreto, como lo sufrió el Sr. C. en carne propia.
¿La fuente? La sentencia dictada el 20/09/23 en la audiencia de control de aprehensión, formalización de investigación y medidas de coerción del legajo “C., A. M. s/ Tenencia Simple de Estupefacientes” del Colegio de Jueces del Centro Judicial Capital.
Sí, esto fue un hilo el 26/11/23.