¿Qué tan mala debe ser una defensa técnica para que sea ineficaz? Hace poco, un caso en donde la defensa pública se comió la cancha, me dio el ejemplo concreto y perfecto de eso. Sale entrada…

Al Sr. I. lo condenaron a prisión perpetua como coautor del delito de homicidio doblemente agravado. Obvio, su defensa apeló. Sin embargo, en el medio cambió a la defensa pública, que tomó su caso.
¿Qué planteó la defensa pública? a) reponéme los plazos para ampliar los motivos de la impugnación y b) te ofrezco la producción de pruebas en la etapa de impugnación. El tribunal le dijo “planteálo en la audiencia”. Se hizo nomás el planteo en la audiencia y le dieron el ok, le repusieron los plazos para la ampliación.
¿Y entonces? En el nuevo escrito la defensa dijo principalmente: “la defensa anterior lo dejó indefenso al Sr. I. porque no confrontó en el debate al testigo estrella con su anterior e incompatible declaración recibida por la Policía”.

Para que quede claro, toda la condena del Sr. I. se había basado en la declaración de ese único testigo, R.T.S. y así lo hace saber el Tribunal de Impugnación.

El pequeño detalle es que la previa declaración de R.T.S. estaba ¡videograbada! El anterior defensor no había podido reproducir el video sino solo en forma parcial. He allí el déficit técnico.

Obvio en la impugnación se reprodujo el video en forma total, donde quedó claro que R.T.S. dijo que era imposible identificar a quien ultimó a la víctima. ¿Entonces? Déficit técnico de la defensa probado y obvio, sale absolución sin reenvío.

Y sí che, salió absolución nomás: la condena se basó en el testimonio. Reventado el testimonio (bueno, su credibilidad), chau condena. Como dice el tribunal, revaloración del testimonio según el déficit técnico y la audiencia.

¿Che y el MPF? ¿Y la querella? Ninguno confrontó al testigo R.T.S. con una supuesta videograbación en la que el testigo decía otra cosa (que coincidía con lo dicho en el debate). Una lástima. Por ende, certeza confirmada y a otra cosa Mariposa.

La fuente del gran laburo de la defensa pública tucumana es la sentencia del 31/07/23 del Tribunal de Impugnación del Centro Judicial Capital en el caso “F., L. D. s/ Homicidio Agravado”.
Sí, esto fue un hilo el 29/10/23.