El Noroeste argentino (NOA) es, históricamente, una de las regiones más olvidadas de nuestro país. Sin embargo, me atrevo a afirmar que sin la actuación rutilante de tres oriundos de sus pagos, no habríamos tenido Constitución de 1853 (además del protagonismo de Justo José de Urquiza, obvio).

Primero, el más grande, lejos, Juan Bautista Alberdi. Mi ilustre comprovinciano fue, con su libro Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, sin duda, el padre intelectual de la Constitución de 1853. Todos le reconocen ese protagonismo. En dos frases vemos como él veía a la Constitución:
«La Constitución histórica, obra de los hechos, es la unión viva, la única real y permanente de cada país, que sobrevive a todos los ensayos y, sobrenada en todos los naufragios».
«La Constitución debe dar garanías de que sus leyes orgánicas no serán excepciones derogatorias de los grandes principios consagrados por ella, como se ha visto más de una vez».
Segundo, el hacedor, José Benjamín Gorostiaga. El santiagueño fue el redactor de la Constitución, el que hizo carne (no solo) las ideas alberdianas en el papel. Luego, con su paso por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tendría la oportunidad de defenderlas en los hechos como ministro y como presidente (1877-1887).
Tercero, el que la hizo jurar (admítanme la simplificación), Fray Mamerto Esquiú. El catamarqueño fue clave para que su pueblo jurara la norma con su “Sermón de la Constitución” y frases como estas:
«Obedeced, señores, sin sumisión no hay ley; sin ley no hay patria, no hay verdadera libertad, existen sólo pasiones, desorden, anarquía, disolución, guerra…»
«Los hombres se dignifican postrándose ante la ley porque así se libran de arrodillarse ante los tiranos».
Y antes que los riojanos (a mí me enseñaron que La Rioja es del NOA) me maten, hay que hacerle lugar a quien antes de ser el ladrón de los dientes de Belgrano, fue el redactor del primer Manual de la Constitución, el gran Joaquín V. González. Cuarteto completo, norteño y fundacional del Derecho Constitucional argentino.
Sí, esto fue un hilo el 20/08/23.
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