Comparto una carta al director que me publicaron (La Gaceta, 11/01/26). Era una respuesta a un editorial que tenía, a mi modo de ver, un error: pensar que la Cámara de Diputados debería tener 1.385 miembros de acuerdo a la Constitución Nacional (La Gaceta, 09/01/26). Va el texto con algo más.

Leo (La Gaceta, 09/01/26) que uno de los artículos de la Constitución Nacional que “merece su debate a futuro” es el 45, que indica que se elige un diputado “por cada 33.000 habitantes o fracción que no baje de 16.500. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada”. Asimismo, se indica que Tucumán hoy tiene “un diputado nacional cada 166.000, y así pasa con el resto de las provincias” y que, si se cumpliese la norma, la Cámara de Diputado tendría 1385 miembros como mínimo.
Es necesario aclarar varias cuestiones. En primer lugar, si dividimos la población de Tucumán según el Censo 2022 (1.731.820) en los nueve diputados nacionales que la representan, el número sería de un diputado cada 192.424,44 habitantes.
En segundo lugar, se entiende que, para llegar al insólito número de 1385 diputados, se dividió la población total en el número de 33.000. Sin embargo, eso es errado.
¿Por qué? Pues porque el mismo artículo da la solución: aumentar la base de 33.000 habitantes, para no tener una cantidad absurda de diputados. Es más, hoy, a más de 40 años de la recuperación democrática, la relación entre diputados y población se rige por un decreto-ley del último presidente de facto, Reynaldo Bignone. Sí, insólito, pero real. Así, el decreto dispone elegir un diputado por cada 161.000 habitantes o fracción no menor de 80.500, pero agrega 3 más a cada provincia, con un mínimo de 5 para cada uno, pero no menor a lo que tenían en 1976.
Pasaron los censos de 1991, 2001, 2010 y 2022 sin cambios. En el medio, un partido cordobés fue a tribunales y la Cámara Nacional Electoral le dio la razón: exhortó al Congreso a cumplir con el artículo 45 de la Constitución Nacional y actualizar los números. Por supuesto, nada pasó. Al fin y al cabo, las tres décadas de deuda con la Constitución Nacional no están dadas por debatir sus artículos, sino por algo mucho más aburrido y menos marketinero: cumplirla.
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Este tema me parece interesantísimo y ya lo toqué al pasar en alguna entrada anterior de donde saqué muchos datos para la carta que buscaba aclarar el error. Ahora bien, nuestra Constitución Nacional tiene más de 170 años. Los números que se pusieron en ese entonces para que los diputados representasen a la población ciertamente eran de otra época. Y hoy, como lo comentaba en esa entrada, tenemos provincias sobrerrepresentadas, como Tierra del Fuego (un diputado cada 38.128,20 habitantes), Santa Cruz (uno cada 66.694,60), La Rioja (uno cada 76.921,40) o La Pampa (uno cada 73.204,40). Por otra parte, tenemos las subrepresentadas, como Buenos Aires (uno cada 250.986,47) o Córdoba (uno cada 221.054,67).
Ahora, ¿hay alguna alternativa que implique disminuir la cantidad de diputados nacionales que hoy son 257? Pienso que una podría ser llevar los números que exige el artículo 45 a 1.000.000 o fracción que no baje de 500.000 habitantes, o a 750.000 y 375.000 o a 500.000 y 250.000 o a 185.732 (la población de Tierra del Fuego) y 92.866. ¿Cómo quedaría la cosa? Como esta tabla:

En cualquiera de las alternativas la representación es más fidedigna que la actual e implica disminuir el número de diputados, no aumentarlo. Ahora bien, aún concediéndoles en cada alternativa un diputado a las provincias que no tienen la suficiente cantidad de habitantes para que los represente, también el número sería inferior a nuestra actual composición. ¿Para pensarlo? ¿Para soñarlo? Seguro los politólogos tendrán mucho más que decir al respecto.