El faro se quedó atrás

Comparto nuevamente para romper la regla no escrita sobre las novedades sabatinas, un texto que me publicaron hace unos meses sobre Tucumán y el juicio por jurados (La Gaceta, 25/05/25). Le hice algunas pequeñas correcciones nomás, pero la reflexión general se mantiene vigente.

No quiero sonar dramático, sino realista. Hubo un tiempo en el que Tucumán supo ser pionero en lo que hace a la reforma procesal penal. Ya pasó y hace mucho: nos quedamos atrás.

Es un lugar común, o una frase hecha decir que Tucumán “es el faro del norte”. Los optimistas todavía creen que la frase tiene vigencia. Los pesimistas dicen que en realidad nunca lo fuimos. Los ¿realistas? tal vez den en el clavo al entender que, sin ser nostálgicos, nos hemos quedado atrás.

Por supuesto, tal como un faro ilumina en todas las direcciones, un Estado tiene múltiples aspectos en los cuales desarrolla su actividad. Al menos, administra, legisla y juzga, para no entrar en concepciones que pueden ir desde el Estado benefactor, pasar por el Estado presente, seguir por el Estado mínimo y terminar en su misma ausencia.

Me concentraré solo en un aspecto, independientemente de la concepción de Estado que cada uno tenga, pues la Constitución rige y, en teoría, deberíamos todos aplicarla, más allá de nuestra pulsión a abrazar la anomia.

¿Cuál aspecto es ese? Pues el juzgar. Pero advierto: no juzgar cualquier cosa. Pues si bien respetar los contratos es importante y a todos nos puede doler que, por ejemplo, no nos entreguen el televisor con el que esperamos ver a “la Scaloneta” ganar el próximo Mundial de Fútbol, los casos civiles no se llevan los reflectores.

¿Entonces? Me refiero a los casos penales, a esos que ocupan páginas y páginas de policiales, que ocupan horas de televisión, streaming y que incluso terminan en ficciones exitosísimas.

Alguna vez, querido lector, Tucumán fue el faro del norte en lo que hace a juzgar los casos penales. A principios de la década de los noventa, dejó la oscuridad de la tradición de la inquisición para abrazar un sistema procesal penal que para la época era revolucionario: así nació el Código Procesal Penal (Ley 6.203). La norma pretendió algo básico: imponer un juicio oral, público y realmente contradictorio. Un juicio donde el fiscal acuse, el defensor defienda y los jueces juzguen. Hoy suena a “poner el inodoro en el baño y la heladera en la cocina”, como dijera César Luis Menotti, pero por aquella época era un avance fenomenal.

Sin embargo, nada es para siempre. El liderazgo, en cualquier ámbito, está sometido todo el tiempo a una feroz competencia en la que, si uno se relaja, podrá observar como es sobrepasado en la carrera, mientras le guiñan el ojo por el espejo retrovisor.

Sin embargo, Tucumán dio signos de no querer ser superado. Así, por impulso de la Corte Suprema de Justicia primero y por iniciativa de la Legislatura después, hace más de diez años que empezó el proceso de reforma procesal penal para profundizar el sistema acusatorio adversarial.

Así, a lo largo del tiempo, se modificaron estructuras viejas, se eliminaron juzgados, se crearon colegios de jueces, se creó la Oficina de Gestión de Audiencias, se redistribuyeron funciones, se separaron fiscales de defensores, se construyeron salas de audiencias, se invirtió en sistemas de videograbación de audiencias, se capacitaron empleados, funcionarios, magistrados, se implementó el Nuevo Código Procesal Penal y encima, con una pandemia en el medio de todo eso.

No es poco. Los resultados, a quienes le gustan los números, pueden verse en la página web del Poder Judicial. Hablan por sí solos. Algo ha cambiado y se nota.

En este punto, ante tanto triunfalismo, uno podría afirmar que no se entiende en qué nuestra provincia se quedó atrás. ¿En qué ya no iluminamos como antes en la reforma procesal penal?

Pues en que todavía, a pesar de todo lo invertido en la reforma procesal penal, no hemos podido aprobar una ley que implemente el juicio por jurados para los casos penales.

¿Nos quedamos atrás? Sí, Córdoba empezó con su jurado escabinado hace veinticinco años. Neuquén lo hizo con su jurado clásico hace más de catorce años. Buenos Aires lleva más de once años haciendo juicios por jurados.

Lo sé. Ni Córdoba, ni Neuquén ni Buenos Aires son provincias norteñas. Irónicamente sí lo son Catamarca, Salta, La Rioja y Jujuy. Los catamarqueños aprobaron su ley de juicio por jurados a fines de 2021 y ya llevan varios juicios en su haber. Los salteños lo hicieron en diciembre del año pasado. Los riojanos hace días dispusieron una reforma de su sistema procesal penal que incluyó el juicio por jurados. Los jujeños fueron más allá y en 2023 incorporaron a su constitución provincial el juicio por jurados. Hoy sus funcionarios y empleados se encuentran capacitándose porque en no más de dos años van a tener los primeros juicios con esa modalidad.

Dejo en paz a los santiagueños, a quienes, injustamente, siempre se los ha tratado de amantes de la siesta. ¿Pero y los tucumanos? ¿Para cuándo? El Nuevo Código Procesal Penal prevé el dictado de la ley especial que lo establezca. Los operadores ya llevan años en el sistema acusatorio. Los colegios de jueces y las oficinas de gestión tienen en su haber la experiencia de un sistema al que tan solo le falta la frutilla del postre: que los ciudadanos se incorporen a la noble y difícil tarea de administrar justicia. Así, las salas de audiencia esperan, en silencio, a que el faro las vuelva a iluminar para que se llenen del ruido de la participación popular, de la litigación responsable, realizada de cara al público, de los casos penales más graves que afecten a la sociedad tucumana. No sé ustedes, pero cuando pase (porque sé que lo hará en algún momento), sería un privilegio ser testigo de semejante suceso.

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