El jurado sabe, no es joda

Luego del día del abogado nada mejor que un caso que demuestre (para mal de los antijuradistas) que el jurado sabe, que no es joda. Así que allá vamos, a Mendoza, tierra del Sol y del buen vino…

Primero, viejo regreso a segundo año de la facu donde nos enseñaron en Derecho Penal que hay teorías de la causalidad varias: equivalencia de las condiciones, causalidad adecuada, natural, la causa más próxima, etc.

Pero ninguna teoría es perfecta. Hay casos que no encuadran en ninguna lamentablemente. Y ahí aparece Claus Roxin con “teoría de la imputación objetiva” (aunque nos dejó hace poco, a los 93 pirulos).

¿Qué dice esa teoría? “Viejo, te imputo porque vos armaste el riesgo y lo que pasó es la concreción del riesgo, así que hacéte cargo”. ¿Se entiende?

Ojo, no es que te imputo de todo lo que pasó después del quilombo. Si le reventás la cabeza a un tipo, después lo llevan al hospital y se termina muriendo cuando se incendia el edificio, no sos responsable de la muerte.

Pero estas son teorías. Dicen los que saben que observación empírica mata criterios jurídicos. ¿Ejemplos? Newton, la manzana y la ley de gravedad. Heráclito y su “nadie se baña dos veces en el mismo río”.

Y obvio, el crack de Galileo Galilei, que por ver su telescopio armó semejante quilombo con su teoría heliocéntrica y se comió un proceso espantosamente inquisitivo.

Perdón la digresión (o desvarío). El caso mendocino (¿se acuerdan que esto era sobre un caso?) lo tuvieron que resolver los jurados. Ninguno leyó a Roxin (no tengo pruebas, pero tampoco dudas), pero lo resolvieron de diez.

¿De qué se trataba? Trifulca familiar. Padre jovato mayor de 70 e hijo con síndrome de Peter Pan de 32. Casa paterna.

¿Cómo terminó todo? Como termina cualquier amigable intercambio de opiniones en una familia de bien. El jovato sacó su escopeta y boom, le reventó el homóplato al niño que no quería crecer.

Antes que pregunten: la herida fue de gravedad, pero de ninguna manera el pibe se iba a morir… y así y todo, se murió. Eso sí, no por la herida en sí, sino luego de un mes internado por una infección hospitalaria. Trágico.

Aunque no lo crean, el fiscal Pascua (no es joda, así es el apellido) llevó al jovato a juicio por homicidio agravado por el vínculo. En el horizonte estaba rondando la pena más alta del ordenamiento jurídico argentino: la infamante prisión perpetua.

La defensa Peñaloza-Lorenzo argumentó: a) la discusión era porque el pibe no quería mudarse con su hermana; b) el pibe enfurecido inició la trifulca; c) el jovato se encerró; d) el pibe tiró a patadas la puerta y lo agarró de punching ball.

En ese contexto usó la escopeta para pegarle el tiro. Luego pasó lo trágico: ya en el hospital, si bien operaron al pibe, estuvo en terapia intensiva, fuera de riesgo, dos bacterias lo llevaron a una neumonía y a su muerte. Pero el viejo no lo quiso matar.

¿Qué hizo el jurado? Entendió que el padre no había querido matar a su hijo. Zafó de la prisión perpetua, pero no de la pena, de entre 1 y 5 años de prisión por ser considerado culpable de homicidio culposo.

En fin, lindo caso para todos los que creen que el Derecho Penal es una ciencia arcana, esquiva y solo reservada a los “jueces profesionales expertos”.

Les dejo, la siempre imprescindible crónica de la Asociación Argentina de Juicio por Jurado, acá.

Sí, esto fue un hilo el 30/08/25.

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