Algunos aspectos relativos a los costos de la implementación del juicio por jurados en Tucumán

Estas líneas las escribimos con Edgardo Leonardo Sánchez, con el afán de traer un poco de luz sobre el tema.

El juicio por jurados es un sistema de enjuiciamiento a través del cual un grupo de ciudadanos seleccionados al azar se encarga de tomar la decisión final en un juicio (veredicto de culpabilidad o inocencia). Estos ciudadanos, conocidos como jurados, escuchan las pruebas presentadas por las partes involucradas (fiscal, querellante, defensa) y deliberan para llegar al veredicto.

 A diferencia del sistema judicial tradicional, donde un tribunal (unipersonal o colegiado -integrado por 3 jueces-) decide/n, en el juicio por jurados la decisión final está en manos de un grupo de personas representativas de la sociedad.

Algunos argumentos relevantes, desde la mirada institucional y su proyección social, sobre el juicio por jurados

1. Participación ciudadana. El juicio por jurados permite que los ciudadanos participen activamente en el sistema de justicia, lo que refuerza la idea de que la justicia es responsabilidad de todos. Esto fortalece la legitimidad del sistema judicial y promueve la confianza de la sociedad en él.

2. Neutralidad y diversidad. Al ser seleccionados al azar, los jurados representan una muestra diversa de la sociedad. Esto reduce la posibilidad de prejuicios y decisiones sesgadas, ya que diferentes perspectivas y experiencias se toman en cuenta al deliberar sobre un caso.

3. Control del poder judicial. El juicio por jurados establece un contrapeso al poder de los jueces y magistrados. Al involucrar a ciudadanos comunes en la toma de decisiones, se evita la concentración excesiva de poder en manos de unos pocos.

Asimismo, mejora la trasparencia y confianza en el sistema judicial, promueve la educación legal de la ciudadanía, dificulta la corrupción y se sostiene en la mayor aceptación social de los veredictos (decisión de los jurados, ciudadanos comunes).

Críticas

Una de las críticas más resonantes al sistema de juicios por jurados es la de su mayor duración y mayores costos. Para responder a ello, acudimos a información proporcionada por la experiencia comparada provincial, según se expone a continuación.

Entendemos que los costos de la implementación del juicio por jurados en Tucumán de ninguna manera son un obstáculo a su puesta en marcha, por varias razones, que pasamos a exponer de manera detallada.

Costos de la implementación de los juicios por jurados

1. Gastos ya realizados

La implementación del juicio por jurados en Tucumán tiene una particularidad muy importante. A diferencia de la experiencia de Neuquén y Buenos Aires, en nuestra provincia, desde 2019 que rige el sistema procesal penal acusatorio adversarial. Ello implicó cambios muy grandes que significaron enormes costos: se generaron salas de audiencias en los tres centros judiciales, se readecuaron las estructuras organizacionales tanto administrativas como jurisdiccionales con la creación de las OGAs (oficinas de gestión de audiencias) y de los Colegios de Jueces, además de que todos los operadores del sistema se encuentran capacitados en la lógica del sistema. Incluso, en el Centro Judicial Monteros se cuenta con una sala especialmente prevista para un juicio por jurados. ¿Habrá algún gasto más? Por supuesto, quizás en alguna u otra sala habrá que incorporar más sillas para el jurado. También los operadores deberán completar su formación con capacitaciones específicas en procedimiento y litigación en juicios por jurados (por ejemplo, la audiencia de selección de jurados o “voire dire”), pero nada alarmante.

El juicio por jurados es la última etapa del sistema procesal penal en Tucumán, tal como fue diseñado y aprovecha todos los gastos ya realizados hasta este momento. Ese es un dato que debe tenerse en cuenta, para dotar de perspectiva a los demás costos.

2. La implementación progresiva de la competencia

La otra clave para desarrollar una justa idea de los costos de la implementación del juicio por jurados es tener en cuenta que el juicio por jurados se prevé para los delitos más graves, en donde se busque una pena de al menos 15 años de prisión. Sin embargo, su implementación puede ser progresiva, de forma tal de empezar a juzgar los homicidios agravados para que, en vista de los resultados, ir aumentado el número y tipo de delitos incluidos, tal como lo hizo Mendoza. Con esta opción, la provincia cuyana tuvo entre 13 y 2 juicios por jurados a lo largo del tiempo:

201920202021202220232024
12 juicios3 juicios13 juicios11 juicios4 juicios2 juicios

Como se ve, la cantidad de juicios anuales es muy pequeña.

¿Por qué tomamos el caso de Mendoza?

En primer lugar, porque tiene una población similar (2.014.533) a la nuestra (1.703.186) según el Censo 2022.

En segundo lugar, porque la cantidad de homicidios, si bien en la provincia cuyana vienen en franco descenso, también no está tan alejada según los años, a nuestra realidad.

 20192020202120222023
Tucumán1381551058189
Mendoza9891856861

En tercer lugar, con esta base, uno puede comparar la cantidad de juicios por jurados que tuvo Mendoza en estos años y proyectarla a Tucumán para llegar a números que de ninguna manera son considerables.

20192020202120222023
17 juicios5 juicios16 juicios13 juicios6 juicios

Como se ve, la cantidad de juicios proyectada según la experiencia mendocina, combinada con la tasa de criminalidad de nuestra provincia no nos lleva a una cantidad que ponga en riesgo el sistema.

3. La duración de los juicios

A diferencia de los juicios técnicos, los juicios por jurados duran mucho menos. En efecto, un estudio indica que en Buenos Aires el 60% se realiza en uno o dos días y si miramos a Neuquén, el promedio es 5 días. Sin duda que su corta duración disminuye los costos.

4. Una carga pública similar

Quizás el mayor miedo en cuanto a los costos sea la retribución del jurado. Sin embargo, puede tomarse como alternativa, pagar, para aquellos que no tengan empleador público o privado que les justifiquen los días que le insumen la tarea, lo equivalente al trabajo de autoridad de mesa en las elecciones. Si se desarrollan los números, se podrá concluir en que ese gasto no es significativo ni siquiera si se llegase a pagar a la totalidad de los miembros del jurado, hipótesis por cierto lejana a concretarse en la realidad.

5. Disminución de los juicios

Esto es quizás un efecto que se dará con el tiempo: ante la implementación del juicio por jurados y la mejora de litigación por parte de todos los involucrados, llegarán a hacerse menos juicios por jurados. ¿Por qué? Porque todos entienden que solo pueden llegar a esa instancia aquellos casos en los que existe real contradicción entre teorías del caso con visos de razonabilidad. Así, los casos en los que los imputados estén muy comprometidos, quedarán en el camino del juicio abreviado.

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