En el fútbol, hacer un gol de media cancha es casi como hacer un hoyo en uno en el golf. El caso de hoy recuerda una situación similar pero llevada al litigio.

Cuando trabajaba en un juzgado pude comprender lo que mi profesor de Derecho Procesal Civil II me decía en clases: “no saben la cantidad de procesos que se terminan por caducidad de instancia”. En su momento, pequeño estudiante, me parecía rara la afirmación, pues no entendía cómo uno podía iniciar un proceso y dejarlo morir luego (o que te lo maten, mejor dicho).
Ya en la trinchera y en el ejercicio profesional, comprendí que siempre pueden existir razones para que un proceso caduque y no necesariamente puedo conocerlas a todas, salvo que esté personalmente involucrado.
Ahora, en esa época, acuñé la frase “gol de media cancha” para la situación en la que un demandado planteaba la caducidad frente a una demanda más o menos sólida y la terminaba ganando. Algo así me pasó con uno de los primeros casos “civiles y comerciales” que tuve en la defensoría: era un caso de acciones posesorias. Lo primero que hice, porque estaba formateado para ello, fue fijarme si había habido caducidad, inactividad de la parte, dado que el número de expediente era comparativamente viejo con la notificación que habían recibido los clientes. Touché, había habido un período extenso en que no se había movido el proceso, que terminó caduco. Era tan claro que ni apelaron la sentencia. Gol de media cancha, que cada vez es más difícil hacerlo con las nuevas normas procesales.