Otra vez: no es lo mismo, es distinto

Y sí, a pesar de tener ya un antecedente de cámara que conté por acá, tuve que volver a apelar un caso para recordar la canción de Alejandro Sanz.

Cortesía de ChatGPT by DALL·E

Uno supone que, a pesar de no tener stare decisis o, en castellano, un sistema en donde los precedentes obligan a los jueces, más o menos no se puede hacer cualquier cosa. O, al menos, no se puede seguir haciendo lo que ya se hizo y se marcó como que estaba mal. Por supuesto, uno se equivoca, puesto que los jueces muchas veces ignoran, desoyen, ¿desobedecen? o, lisa y llanamente, ni les importa lo que dicen los tribunales superiores.

Por eso los abogados tenemos casos que se repitan una y otra vez. No serán los mismos, pero se parecen mucho. Así, ya en 2019 tuve que apelar otro caso parecido: embargo de 15% a la pensión de mi cliente, que, con 57 años, no tenía por qué afrontar él solo en la misma proporción, la obligación alimentaria que le correspondía a su hijo, un joven despreocupado de 30 años.

Con la jurisprudencia del caso que ya comenté por acá, más un poco de razonabilidad, la cámara me volvió a dar la razón: no se lo mismo ser abuelo que ser padre, por lo que redujo el porcentaje de alimentos provisionales fijado. Al tener casos parecidos, a pesar de que no es muy divertido y a veces nos lleva al hastío, creo que los abogados podemos capitalizar la experiencia de lo ya trillado y litigado. Y a veces eso, sin duda, es lindo.

¿Algún comentario?