¿Qué curioso fenómeno de la Física relativista se produce en los tiempos federales, Corte Suprema Justicia de la Nación (CSJN) incluida en los casos de corrupción? De eso se trata el caso “Menem” (21/11/24). Bueno, de eso y mucho más con el que despido este 2024.

¿El caso? Arrancó en 2004 sobre hechos entre 1989 y 1999. Se conoció como el temita de los famosos “sobresueldos” que muchos funcionarios menemistas percibieron. Ya de movida hay un problema: el caso llevó 20 años, una prescripción adquisitiva, dirían los civilistas.
2006 citación a indagatoria. 2007 indagatoria y falta de mérito. 2008 ampliación de indagatoria. 2009 procesamiento. 2010 requerimiento de elevación a juicio. 2011 elevación a juicio. 2012 citación a ofrecer pruebas y se proveyeron esas pruebas.
2013 se ordena peritaje que se hace a fin de año. 2014 se amplía peritaje y se fija debate para 2015. A fin de 2015, condena para Cavallo. 2016 dan los fundamentos y se abre el proceso recursivo hasta que en 2018 casación cierra.
Cavallo cuando llevó el caso a Casación dijo “che, me violaron mi derecho a ser juzgado en un plazo razonable”.
Casación lo sacó a gambazos. ¿Argumentos? a) complejidad de la investigación; b) complejidad técnica; c) “maniobras de alta complejidad”; d) el caso era de funcionarios corruptos.
Ojo, la disidencia dijo algo más o menos así: “che, los hechos fueron entre 1989/1999 y a 2018 no hay sentencia firme, como que no hay justificación para tanta demora”.
¿Qué hizo la CSJN? En primer lugar, dice “que haya sentencia condenatoria no obsta a que vea si se violó o no el derecho a ser juzgado en un plazo razonable”.
En segundo lugar, dice: “viejo, pasaron 18 años desde que llamaron a declarar a Cavallo y todavía sigue estando bajo incertidumbre, dejen de joder, esto excede lo tolerable”.
En tercer lugar, dijo más o menos “dejen de joder con lo de la complejidad: a) no había muchos imputados, solo 9; b) no dijiste qué medidas de pruebas concretas fueron complejas”.
Pero para mí lo favorito fue “dejen de joder, Cavallo declaró los sobresueldos en sus declaraciones juradas de acuerdo a la Ley 18.302 no había nada para investigar, reconoció todos los hechos”.
¿Qué hizo la corte? Cortó con tanta dulzura y puso fin al proceso, de un saque, para beneficio de Cavallo.
¿Qué carajo era la Ley 18.302? Pues, por si la quieren curiosear, se las dejo acá.
El fallo de la CSJN del 21/11/24, se los dejo acá.
Por supuesto, la pregunta obvia, como elefante en un bazar, es la siguiente (o las siguientes): ¿El trámite recursivo Casación/Corte se comió 2018-2024? ¿Por qué? ¿Nos toman el pelo, como diría mi difunto padre? ¿6 años? ¿En serio?
Sí, esto fue un hilo el 29/12/24.