O al menos, hay que poner límites para que el resto no crea que se puede hacer cualquier cosa. Sí, en tribunales también.

En general, los abogados pedimos y los jueces resuelven, disponen. Así funciona tribunales. Habrá argumentación, prueba, lobby, alegatos de oreja y demás, pero brevemente, así son las cosas. Ahora, siempre pensé que no se puede hacer cualquier cosa. Hay límites. En general, argumentativos, normativos, jurisprudenciales, probatorios, éticos, morales, etc. De todo tipo, pero cada vez que pasa el tiempo tiendo a pensar que los mejores son los que surgen del litigio, de la interacción entre las partes. Si no hay litigio, seguramente habrá mayor espacio para la discrecionalidad/arbitrariedad del “hacer cualquier cosa”.
Algo de eso aprendí en un caso que me tocó llevar en la oficina y que se resolvió en mi segundo año. Era, a simple vista, otro caso rutinario: padre desempleado, la madre demanda por alimentos a la abuela. El juez, por cuatro nietos le fija un 35% sobre su escasa pensión. La mujer, grande, ya tenía a su cargo dos nietos menores de edad. Cuando llegó a la oficina, obviamente apelamos la resolución. Sí, era uno de los famosos casos de “pobre contra pobre” o “vulnerable contra vulnerable”. El recurso obviamente fue por todo con el argumento de que, si bien el padre estaba desempleado, eso no era obstáculo para fijarle su obligación alimentaria con la base del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Al fin y al cabo, gran parte de la población argentina (por aquella época y por esta, debo decir con tristeza) trabaja en la informalidad. Pero como entendía que lamentablemente era difícil conseguir eso, también planteé en el recurso que de ninguna manera podía fijarse un porcentaje tan alto. Ser abuela no es lo mismo que ser padre, como siempre se dice. En el medio, el paso del tiempo, que en general nos juega en contra, nos jugó a favor: uno de los chicos cumplió la mayoría de edad.
¿Cómo terminó todo? La cámara hizo lugar parcialmente al recurso y disminuyó a 15% el porcentaje de alimentos a pasar por parte de la clienta, abuela de los niños. En definitiva, no se puede hacer cualquier cosa si del otro lado se mueven. Eso sí, si nos toca a nosotros, hay que apostar a movernos, a litigar, a argumentar, en conclusión, a hacer nuestro trabajo.