El caso «Zelaya»

¿Me tienen que indemnizar si me «comí» 27 meses de prisión preventiva? De eso trata el caso «Zelaya» resuelto por la corte tucumana.

En el caso concreto, durante ese tiempo el actor se separó de su pareja y no pudo ir al sepelio de su madre (fallecida al tener a su hijo privado de la libertad, según dice la demanda).

La corte analizó las pruebas de la causa. ¿Hubo dolo? ¿Hubo error judicial inexcusable por la fiscalía? Descarta ambos supuestos. ¿Y entonces?

El Estado también responde por su actuación lícita, como lo es la prisión preventiva. ¿Debe hacerlo en el caso concreto? El tribunal también entendió que no.

¿Por qué? Porque no se demostró el error con los elementos existentes al momento del dictado de la prisión preventiva. O sea, no me podés responsabilizar si al momento de la decisión, la información que tenía me llevaba a esa decisión.

En el caso de Zelaya, la corte dice que había elementos fácticos suficientes y además destaca que el actor terminó condenado a prisión efectiva por otro hecho investigado, cometido el mismo día en el mismo lugar (no a la misma hora, sino sería un caso de bilocación).

Si les interesa leer la sentencia, es la 306 del 19/04/21 y la encuentran en el Protocolo de Sentencias del tribunal, luego de elegir la opción de juicios originarios.

Sí, esto fue un hilo el 27/03/22.

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